Curso intensivo de posgrado

Derecho Constitucional para la Integración Judicial

Del 11 al 28 de julio de 2016

Director: Patricio Maraniello
Subdirector: Alberto Agustín Lugones
Coordinadora: Norma Belixan

Carga horaria: 60 (sesenta)
Días y horario de las clases: de lunes a jueves de 15:30 hs. A 21:00 hs.
Cuerpo Docente: Javier Barraza, Marcela Basterra, Luis María Bunge Campos, Carlos
Chiara Díaz, Mario Fera, Alfredo Silverio Gusman, Jorge Bercholc, Marcelo López
Alfonsín, Alberto Lugones, Gabriel Macaggi, Patricio Maraniello, Claudia Mizawak, Teresa
Moya, Néstor Pedro Sagues, Sofía Sagües, Alberto Spota, Juan Corvalán, Nieves
Macchiavelli, Sergio Santiago y profesores invitados.

Informe e inscripción al e-mail intensivos@derecho.uba.ar.

Teléfonos  (0054-11) 4809-5701 o 4806-5606.

Objetivos generales:
La etimología del término integración, del latín integrare, refiere a formar las partes de un todo o
completarlo con las partes faltantes. Y si tenemos en cuenta un todo, como la Constitución Nacional,
el Poder Judicial no es solamente uno de los tantos elementos del todo que sirve para completarlo o
llenarlo, sino para darle vida o funcionabilidad.
La integración es el resultado de la acción de agregar las partes faltantes de una unidad, o sea, los
elementos o partes que constituyen la integración lo hacen en el entendimiento de que forman parte de
un todo de grado superior, lo que resulta ni más ni menos que la base de la psicología social difundida
por Pichón Riviére en su espiral dialéctica (el salto cualitativo que se produce agotado el aspecto
cuantitativo) o, para ser más preciso, la base de la lógica aristotélica (todos, ninguno, alguno y alguno
no), con lo cual, cada elemento que ya constituía un todo en sí mismo se asume como elemento
integrante y necesario para conformar una unidad mayor, y esa unidad se constituye con el fin de
obtener un mejor nivel de vida de los integrantes o la seguridad de mantenimiento del modelo de
subsistencia. Si lo traspasamos a la Constitución, tendremos con la correcta integración judicial un
verdadero Estado de Derecho constitucional.
Por otra parte, la falta de una adecuada interrelación interna y externa del derecho constitucional y
procesal constitucional con las restantes materias del sistema jurídico, nos lleva hacia la realización de
una materia que estudia los puntos relevantes y de mayor trascendencia de dicha temática en una forma
ágil, pero a su vez profunda.

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